Es una ley federal de Venezuela que protege los derechos de
los autores sobre todas las obras del ingenio de carácter creador, ya sean de
índole literaria, científica o artística, cualquiera sea su género, forma de
expresión, mérito o destino. Establece que los derechos de autor son
independientes de la propiedad del objeto material en el cual esté incorporada
la obra y no están sometidos al cumplimiento de ninguna formalidad. Los
derechos de autor incluyen tanto los derechos morales como los patrimoniales.
Los derechos morales son inalienables, inembargables, irrenunciables e
imprescriptibles, y comprenden el derecho a la paternidad, el derecho a la
integridad y el derecho a la divulgación. Los derechos patrimoniales, por otro
lado, son aquellos que permiten al autor obtener beneficios económicos por la
explotación de su obra.
La ley establece que
los derechos de autor se extienden durante toda la vida del autor y hasta 60
años después de su muerte. Asimismo, que la reproducción, distribución,
comunicación pública y transformación de una obra protegida requiere la
autorización previa del titular de los derechos de autor. Además, también
establece las sanciones correspondientes para aquellos que violen lo aquí
decretado.